Lo anterior permitirá que, cualquiera que sea el formato en el que la autoridad competente expida la licencia de conducir y la tarjeta de circulación, la reglamentación municipal esté preparada para ello.
La presente reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Municipal y/o en el Periódico Oficial del Estado de Baja California.
La Dirección de Seguridad Pública emitirá una circular informando a sus elementos sobre la validez de la licencia y la tarjeta de circulación en formato digital, expedidas por la autoridad competente, y recabará el acuse de recibido correspondiente.
Asimismo, la DSPM solicitará a la autoridad competente la suspensión de la vigencia de la licencia de conducir o de la tarjeta de circulación digitales, a través de los sistemas que para ello se implementen.





